jueves, 30 de enero de 2014

DEBER DE PARTICIPAR EN LA VIDA POLITICA, CIVICA Y COMUNITARIA DEL PAÍS

DEBER DE PARTICIPAR EN LA VIDA POLÍTICA, CÍVICA Y COMUNITARIA DEL PAÍS


La Constitución de la República del Ecuador, en su Artículo 83, determina algunos deberes y responsabilidades que debemos asumir los ecuatorianos y ecuatorianas, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la Ley, de entre los cuales podemos destacar los siguientes: Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones de autoridad competente; Ama quilla, ama hallulla, ama sacha, no ser ocioso, no mentir, no robar; defender la integridad territorial del Ecuador y sus recursos naturales; respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible; ejercer la profesión u oficio con sujeción a la ética; conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos; cooperar con el Estado y la comunidad en la seguridad social, y pagar los tributos establecidos por la ley; participar en la vida política, cívica y comunitaria del país, de manera honesta y transparente; etc.
A través de estas disposiciones constitucionales; el Estado, pretende que todos los ciudadanos ecuatorianos asuman los deberes y responsabilidades, acatando la constitución, las leyes y las decisiones de autoridades competentes; así mismo todos debemos defender nuestro territorio, esto incluye la defensa, respeto y conservación de los recursos naturales, patrimonio cultural y bienes del estado  desde todo ámbito del convivir ciudadano: gobierno, trabajo, estudio, profesión, comercio,  etc.; también nos inculca a practicar nuestra profesión, cualquiera que la estemos desempeñando (gobernante, técnico, estudiante, comerciante, líder, etc.) con ética, y en beneficio y defensa de los recursos del país; nos obliga a pagar nuestros impuestos; a participar activamente de la vida política cívica y comunitaria de nuestra ciudad, provincia, región o país; nos obliga a que nuestras labores sean realizadas con honestidad, transparencia; sin pereza, apegados a la verdad, siempre respetando la propiedad ajena y el bien común.

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PROPENDER AL LOGRO Y MANTENIMIENTO DE LA PAZ


DEBER DE PROPENDER AL LOGRO Y MANTENIMIENTO DE LA PAZ 

 

Todo proceso pacificador que pretenda ser lo debe recordar el derecho a la paz que encarna, con la garantía absoluta del Estado, pues es su responsabilidad asegurar las condiciones para lograr una verdadera reconciliación si bien debe pro moverse y lograrse el perdón, éste no puede construirse sobre la impunidad. Justicia va primero.
Todo proceso pacificador que pretenda ser lo debe recordar el derecho a la paz que encarna, con la garantía absoluta del Estado, pues es su responsabilidad asegurar las condiciones para lograr una verdadera reconciliación si bien debe pro-moverse y lograrse el perdón, éste no puede construirse sobre la impunidad. Justicia va primero.
El logro de la paz es un deber que tenemos como ciudadanos en el mundo en la búsqueda de resolución conflictos en ambientes pacíficos y armoniosos.
Es un deber que tenemos como ciudadanos en el mundo en la búsqueda de resolución conflictos en ambientes pacíficos y armoniosos.
La paz es un valor, un deber, un derecho en fin es un conjunto de cosas que todos necesitamos para sobrevivir es necesarios rescatar que por medio de la guerra no lograremos nada y que por el contrario lograremos empeorar las cosas.
La paz tan anhelada en nuestro país es un logro, que debe comenzar en nuestro corazón, para poder extenderlo al resto del mundo, de hacerlo así la paz dejara de ser una palabra eufemística o una mera utopía que esperemos con fe alcanzar algún día y pasara a convertirse en una realidad patente.
La paz no es solo un proceso evaluador de los daños de un conflicto, ni es simplemente el cese de hostilidades, es un estado de armonía interna y externa, de comprensión, de respeto y como tal una forma de vida.
Todos unidos podremos lograr una   Colombia en Paz.



    viernes, 24 de enero de 2014

    COLABORAR PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA

    COLABORAR PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA

    Atendiendo los pilares fundamentales concebidos en el preámbulo de la Constitución Política de Colombia para consolidar el Estado Colombiano, en el entendido de la búsqueda de la unidad garantizando a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo, como garantes del orden político, económico y social justo, se requiere la participación de todos y cada uno de nosotros, no sólo en el cumplimiento de nuestros deberes, sino, además, en la protección de nuestros derechos individuales y colectivos.

    Por ello, esa misma Carta Magna contempla principios fundamentales entre los que se destacan los conceptos de estado social de derecho y, los fines esenciales del Estado.

    Concebimos a Colombia como un estado social de derecho fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran para el logro de esos fines esenciales  dentro de un marco del orden justo.

    Siguiendo el análisis de contenido, encontramos el título de los derechos, garantías y los deberes ; entronizando los derechos fundamentales que ampliamente tienen repercusión social  con su coraza constitucional, la acción de tutela.
    De conformidad con el artículo 229 de la Constitución Política, se garantiza el derecho de toda persona para acceder a la administración de justicia. Uno de los fenómenos sociales de más connotación en los últimos años, ha sido lo atinente a lo financiación de la vivienda en Colombia, que ha llevado al reconocimiento de crisis institucionales  y la toma de medidas urgentes  como la revisión del Sistema Upac,  el cambio de la unidad Upac, el reconocimiento de alivios a través del Fogarín -Decreto 2331 de 1989- y, finalmente, la Sentencia C-700 del 16 de septiembre de 1999 mediante la cual la Corte Constitucional estimó que las normas que estructuraban el sistema Upac eran contrarias a la Constitución y, por ende, desapareciendo del ámbito legal a partir del 31 de diciembre de 1999.






     

    DERECHO A UN SALARIO JUSTO

    DERECHO A UN SALARIO JUSTO


    Uno de los derechos humanos fundamentales es el derecho a una remuneración justa que permita una existencia diga. El preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo identifica la garantía de un salario vital como una de las condiciones para la paz universal y permanente basada en la justicia social”, dice el economista principal.

    “Si bien no existe una suma universalmente aceptada que defina este tipo de salario, puede ser descrito como un salario producto de un trabajo a tiempo completo, que permita a las personas tener una vida decente considerada aceptable por la sociedad”, agrega.

    Estos ideales fueron formulados en 1919, pero casi cien años más tarde millones de “trabajadores pobres” tienen dificultades para llegar a fin de mes.

    En el mundo en desarrollo, en particular, muchos trabajadores como Mar Castañeda consideran que nunca han realmente ganado un salario adecuado. El patrón de crecimiento económico que las economías en desarrollo y emergentes han experimentado durante los últimos años no se ha traducido en “trabajo decente” para todos, es decir, en trabajo que satisfaga las aspiraciones de las personas en su vida laboral, ofreciéndoles un ingreso decente.



    DEBER DE REALIZAR BIEN EN SU TRABAJO

    DEBER DE REALIZAR BIEN UN TRABAJO


    Desde un punto de vista asertivo, tienes el deber de hacer bien tu trabajo y de no interferir de una forma negativa en el desempeño profesional de los demás.

    Las relaciones personales también son muy importantes en una empresa. En este contexto, tienes que respetar que otra persona te diga que no a una petición que has hecho. Por ejemplo, un compañero puede negarse a ayudarte con una función si esa labor no le corresponde a él.
    Deber de escuchar al otro

    La selectividad remite a la comunicación. Uno de los derechos asertivos más importantes de cualquier persona es el de escuchar al otro para atender su punto de vista.

    Existen empresas en las que no se cumple ese derecho puesto que el diálogo es mínimo y el clima de confianza que posibilita el diálogo fluido es pésimo.
    Deber de respetar al otro

    Tus compañeros de trabajo no tienen por qué ser tu amigos, pero eso no significa que no sean personas importantes. Como miembros de tu misma empresa merecen todo tu respeto basado en su dignidad personal. Es importante dar al otro el espacio que defiendes para ti mismo.


    RESPETO A LA VIDA PROPIA Y DEL OTRO


     DEBER AL RESPETO A LA VIDA PROPIA Y DEL OTRO

     
    Un derecho mío es generalmente correlativo a un deber que alguien tiene respecto de mí. Así mi derecho a poseer, a tener algo, mi derecho de propiedad, es correlativo al deber que tienen todos de no arrebatármelo. Mi derecho a la vida es correlativo del deber que tienen todos los otros de no dañarme, de no quitarme la vida. El sujeto de esos deberes correlativos es siempre una persona que está obligada a respetar mis derechos. Puede por supuesto tratarse de un colectivo de personas, pero en ningún caso de una circunstancia natural. Así, una industria contaminante puede ofender mi derecho a un medio ambiente sano; pero no lo ofende un terremoto. Otro hombre, o un grupo de hombres pueden ofender mi derecho a la vida, pero no podría nunca decir que una enfermedad natural que me la quita, está lesionando mi derecho a la vida.

    Así, los deberes que otros tienen respecto de mí, pueden orientarme para darme una idea de lo que piensan que soy.
    Así, espontáneamente, yo pienso que los otros tienen el deber de respetarme. ¿Qué quiero decir con esto? Más o menos, que ellos deben considerarme como un individuo que no está disponible para ellos, para ser usado para sus propios fines. Es lo que se quiere decir cuando se dice que la persona humana no puede ser nunca un medio para otras cosas, sino que tiene una dimensión fundamental según la cual ella es en sí misma un fin. Eso puede ser oscuro a ratos cuando pienso por ejemplo, en la condición de una persona a quien yo le pago un salario para que haga un trabajo para mí; pero en principio parece claro que nadie tiene el derecho de usarme como un instrumento: todos tienen al contrario el deber de respetarme como quien tiene su fin en sí mismo.

    En el mundo actual, cada persona normal y decente, experimenta un gran rechazo a las agresiones a la vida humana. Vengan de donde vengan o se justifiquen manipulando los más elaborados argumentos. Nada justifica la muerte infligida o permitida, directa o indirectamente, a una sola persona, ni siquiera la violación de una sola de las dimensiones corporales, morales y espirituales de la más humilde o desconocida persona humana.
    Es por la centralidad y la prioridad de la persona humana sobre toda institución, ideología, religión, poder político o interés económico, que los Derechos Humanos son, hoy día, el rasero y la medida ética de la legitimidad y la bondad de los gobiernos y de las relaciones internacionales.




    DERECHO A LA FAMILIA

    DERECHO  A LA FAMILIA


    Si vives solamente con uno de tus papás o sin ninguno de los dos tienes el derecho de verlos , platicar y convivir con ellos, también tienes el derecho de no verlos si esto te provoca algún malestar.
    Tienes el derecho a salir de tu país junto con tus padres para reuniones familiares y también tienes el derecho a regresar .
    Si no tienes familia debes recibir protección especial.
    Si tu vives con uno o ambos padres ya sean biológicos o adoptivos debes tomar en cuenta que si los respetas y colaboras con ellos lograrán vivir pacíficamente.

    según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es el elemento natural, universal y fundamental de la sociedad, tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.1 Los lazos principales que definen una familia son de dos tipos: vínculos de afinidad derivados del establecimiento de un vínculo reconocido socialmente, como el matrimonio2 —que, en algunas sociedades, sólo permite la unión entre dos personas mientras que en otras es posible la poligamia—, y vínculos de consanguinidad, como la filiación entre padres e hijos o los lazos que se establecen entre los hermanos que descienden de un mismo padre. También puede diferenciarse la familia según el grado de parentesco entre sus miembros.

    No hay consenso sobre la definición de la familia. La familia nuclear, fundada en la unión entre hombre y mujer, es el modelo principal de familia como tal, y la estructura difundida mayormente en la actualidad. Las formas de vida familiar son muy diversas, dependiendo de factores sociales, culturales, económicos y afectivos. La familia, como cualquier institución social, tiende a adaptarse al contexto de una sociedad.